La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dejó sin efectos la libertad condicionada de Kendry Téllez Álvarez, señalado exintegrante de las extintas Farc y conocido con el alias de 'Yako', tras comprobarse que incurrió en faltas graves contra los compromisos adquiridos con este tribunal transicional.
Razones de la determinación
El fallo estuvo a cargo de la Sala de Amnistía o Indulto. La entidad detectó que el procesado omitió reportar su ubicación, desatendió las citaciones obligatorias y se sustrajo del control de los despachos judiciales.
De acuerdo con la información oficial emitida por la JEP, se confirmó una "omisión prolongada de sus obligaciones", lo que motivó el retiro inmediato del beneficio que se le había otorgado previamente por una sentencia condenatoria por secuestro extorsivo cometido durante su paso por la antigua guerrilla.
Coordinación con la justicia ordinaria
Como consecuencia de esta determinación, la JEP solicitó al Juzgado 21 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá proceder con la ejecución de la medida. Asimismo, el tribunal indicó que la justicia ordinaria tiene la facultad de librar las boletas de captura necesarias.
Esta decisión coincide con las pesquisas que adelanta la Fiscalía General de la Nación sobre el asesinato del senador y aspirante a la Presidencia Miguel Uribe Turbay, registrado el pasado 7 de junio de 2025 en la capital del país.
Téllez Álvarez es indagado como presunto enlace del grupo disidente Segunda Marquetalia y señalado de fungir como coordinador logístico en el atentado contra el miembro del partido Centro Democrático, caso por el cual el Juzgado 60 Penal Municipal de Bogotá expidió una orden de captura en su contra.
No obstante, la JEP puntualizó que la culpabilidad de 'Yako' en el homicidio del dirigente político continúa bajo indagación en los estrados ordinarios, instancia a la que compete esclarecer lo sucedido.
Proceso de verificación
La Sala especificó que los elementos probatorios recaudados hasta el momento no bastan para sostener que el excombatiente se hubiera integrado nuevamente a un grupo armado al margen de la ley.
La pérdida de la libertad condicionada se derivó de un incidente de verificación sobre el régimen de condicionalidad que dicha Sala abrió en abril de 2026.
Durante dicho trámite, la jurisdicción transicional recopiló evidencias y efectuó diferentes gestiones para constatar si Téllez Álvarez acataba las reglas impuestas, garantizando en todo momento el derecho fundamental al debido proceso.
La normativa de este sistema establece que quienes reciben prerrogativas deben acatar deberes indispensables, tales como permanecer a disposición de la JEP y notificar cualquier novedad respecto a su domicilio y paradero.
Ahora, el Juzgado 21 de Ejecución de Penas asumirá la tarea de hacer efectiva la medida, al tiempo que la eventual emisión de órdenes de captura queda sujeta a las determinaciones de la justicia ordinaria.










