Una nueva revelación se sumó al escándalo que rodea las denuncias contra el expresidente Gustavo Petro por presunto favorecimiento contractual a cambio de favores sexuales. En diálogo con Mañanas Blu, Camilo Enciso, líder del Instituto Anticorrupción y exsecretario de Transparencia, dio a conocer que Deicy Jiménez estuvo vinculada de manera directa con el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre).
El jurista informó además que la entidad que encabeza ya radicó formalmente las acciones penales contra el exjefe de Estado tanto en la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes como en la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, teniendo en cuenta que los presuntos hechos habrían tenido lugar durante su paso por el Congreso de la República y su posterior estancia en la Casa de Nariño.
El vínculo contractual con la Presidencia
El caso tomó notoriedad tras una entrevista concedida por Jiménez a la periodista Vicky Dávila para la revista Semana el 25 de octubre de 2026, en la que aseveró que existió un esquema que involucró entre 30 y 40 mujeres con contratos estatales bajo la misma modalidad. Aunque previamente se conocían convenios de Jiménez en el Senado de la República, el Ministerio del Interior y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, Enciso puso la lupa sobre un nexo laboral que no había tenido difusión.
Se trata de un convenio formalizado el 25 de julio de 2026, ya concluido, en el cual Jiménez prestó servicios bajo el rol de auxiliar administrativa en el Dapre. Al respecto, Enciso advirtió que es fundamental constatar la legitimidad de dicho proceso:
“Estamos hablando de la entidad que rige directamente el presidente de la República”. Entre los cinco contratos asignados a Jiménez en el cuatrienio anterior, la cifra devengada ascendió a $100.151.338.
Posibles implicaciones penales
Enciso recalcó que el foco de la veeduría no es la intimidad del exmandatario, sino el presunto desvío de recursos estatales.
“Acá el problema es el uso de la función pública para un beneficio personal”, puntualizó el exfuncionario al precisar que, de validarse judicialmente el material probatorio aportado por la denunciante, Petro se expondría a tres conductas punibles:
- Peculado: configurado si la vinculación no obedecía a un requerimiento operativo real de la entidad estatal que justificara el desembolso de honorarios o sueldos públicos.
- Tráfico de influencias de servidor público: tipificado en el artículo 411 del Código Penal (con sanciones de 64 a 144 meses de prisión), en caso de comprobarse presiones o recomendaciones para su inserción en diversas carteras.
- Concusión: que acarrea penas de 96 a 180 meses de cárcel para el funcionario que abuse de su investidura para inducir la entrega de dádivas o ventajas indebidas.
Frente a los señalamientos del actual director del Dapre, Carlos Ríos, sobre 48 contratistas presuntamente instrumentalizadas a través de órdenes de prestación de servicios, el director del Instituto Anticorrupción consideró factible que se trate de casos independientes, lo que a su juicio sugeriría una práctica reiterada. Por último, recordó que sobre el exgobernante rige de manera plena la presunción de inocencia mientras la justicia define el curso del expediente.










