La Corte Constitucional otorgó al Ejecutivo un plazo de treinta días hábiles con el fin de que argumente la petición de posponer hasta abril de 2028 la implementación de la reforma pensional, cuya vigencia está fijada inicialmente para el 1 de abril de 2027. La medida, adoptada por unanimidad con siete votos positivos, da vía libre al análisis de la solicitud gubernamental, aunque esto no implica que el cambio cronológico haya sido concedido.
Dicho escenario se presenta después de que el ministro de Hacienda, Miguel Gómez Martínez, y Colpensiones pidieran al alto tribunal un plazo mayor para alistar la entrada en operación de la normativa. Desde la perspectiva del Gobierno, el periodo inicial de seis meses resulta insuficiente, por lo que se requiere analizar el impacto financiero que acarrearía cumplir el fallo en los tiempos previstos.
Para abordar dicha solicitud, la Sala Plena dio luz verde a la apertura de un incidente de impacto fiscal. En términos prácticos, se trata de una herramienta que le otorga al Ejecutivo la facultad de demostrar de qué manera una determinación judicial impactaría las finanzas públicas, solicitando así una revisión en la modalidad o en el cronograma de ejecución. De esta forma, el jefe de la cartera económica dispondrá de treinta días hábiles, a partir del momento en que sea notificado del auto, para radicar sus fundamentos; en caso de omitir este paso, la petición quedará sin efecto.
El futuro de la reforma continúa bajo revisión judicial tras las deliberaciones adelantadas en agosto de 2026 por la Corte Constitucional en torno a las demandas interpuestas contra la Ley 2381 de 2024, promulgada en la administración del presidente Gustavo Petro. En su fallo, plasmado en la Sentencia C-264 de 2026, la corporación avaló la constitucionalidad de la mayor parte del articulado y fijó el 1 de abril de 2027 como fecha para su puesta en marcha.
El expediente llegó al tribunal debido a diversos reparos sobre el trámite legislativo, entre ellos los expuestos por la senadora Paloma Valencia. Al término de un debate que se prolongó por más de nueve horas y tras cerca de dos años de discusiones, la Sala Plena respaldó 85 artículos con siete votos a favor y uno en contra, siendo el conjuez Carlos Márquez el único magistrado que salvó su voto.
Pese al respaldo mayoritario, el alto tribunal dispuso el reenvío de ciertos artículos y fragmentos a la Cámara de Representantes con el propósito de subsanar vicios de procedimiento detectados durante su aprobación en el Congreso. Esto implica que, si bien el grueso de la iniciativa fue aprobado, dichos puntos pendientes deben ser corregidos para que operen de acuerdo con las directrices judiciales.
Por ahora, ante la nueva gestión del Gobierno, la Corte examinará los motivos expuestos para extender el periodo de alistamiento y aplicación de la ley. Entre tanto se emite un pronunciamiento definitivo, la fecha oficial en la que empezarán a regir las disposiciones aprobadas se mantiene para el primero de abril de 2027.










