Este jueves en horas de la mañana, el ministro del Interior, Rodrigo Lara Restrepo, llevó ante el Congreso un proyecto de acto legislativo con el propósito de otorgar mayor transparencia a los trámites que adelantan los congresistas ante el Gobierno nacional, buscando transformar la dinámica entre ambas ramas del poder público.
Durante su intervención, el jefe de la cartera política señaló que la transparencia es el estandarte de la actual administración, al tiempo que cuestionó prácticas del pasado asociadas al término "mermelada". "Es lo oculto: es el proyecto de inversión que aparece en una región sin que nadie sepa quién lo pidió, es la llamada que no queda registrada, la reunión que no tiene acta y el favor que se cobra en una votación", afirmó el funcionario.
Modificaciones a la Carta Magna
La propuesta normativa plantea reformar los artículos 180, 182, 183 y 346 de la Constitución Política. El objetivo principal es facultar a los parlamentarios para que propongan iniciativas de inversión pública destinadas a favorecer a las regiones y a sus comunidades, al tiempo que ajusta la normatividad vigente sobre inhabilidades, incompatibilidades y declaraciones públicas de intereses.
De acuerdo con la propuesta, dicha gestión no representaría una infracción al régimen de incompatibilidades ni un conflicto de intereses, siempre y cuando el legislador se abstenga de participar en la adjudicación, contratación o ejecución de dichas obras, y ni él ni los aportantes de su campaña reciban provechos particulares. Adicionalmente, las solicitudes tendrían que quedar consignadas en un registro público.
“Este proyecto de acto legislativo respeta profundamente al Congreso de la República, que respeta su función de representación, de aprobación del presupuesto general de la nación, y su capacidad de asignar y de solicitar la asignación de proyectos de inversión en sus regiones”.
Nuevas reglas sobre conflictos de intereses
El articulado también introduce precisiones en torno a las causales que obligan a un parlamentario a declararse impedido para discutir o votar determinados asuntos.
Según el texto, el conflicto de interés solo aplicaría cuando exista un beneficio particular y directo para el congresista, su cónyuge, compañero permanente, parientes dentro de los límites consagrados en la ley o sus socios.
Asimismo, se aclara que el respaldo económico legal y reportado en una campaña, así como los intereses generales de un sector social, económico o regional, no configurarán por sí mismos un impedimento. En tales circunstancias, el congresista estaría autorizado para intervenir y sufragar tras cumplir con la respectiva declaración. No obstante, se advierte que omitir información en dicho reporte público acarrearía la pérdida de investidura.
Trámite y financiación de proyectos regionales
La iniciativa abre la puerta para que los congresistas postulen obras de inversión pública en los entes territoriales en cualquier época. Dichas propuestas podrían ser integradas por el Gobierno nacional en el proyecto de presupuesto anual o contar con asignaciones durante cada vigencia fiscal mediante recursos de inversión del Presupuesto General de la Nación y fondos especiales nacionales.
Para su aplicación, el articulado dispone que tales postulaciones se sometan a los lineamientos y estándares comunes fijados por medio de una ley orgánica.
Por último, el proyecto establece que, en un plazo no mayor a 12 meses tras la promulgación de la reforma, el Legislativo deberá expedir la respectiva ley orgánica para reglamentar el funcionamiento del registro público de intereses, la financiación de campañas, la presentación de proyectos regionales y el trámite de impedimentos y recusaciones.










